Beneficios para sobrevivientes del Seguro Social

Beneficios del Seguro Social con base en su registro (si fallece) que se pagan a su:
  • Viudo/a de 60 años o más, de 50 años o más si se encuentra incapacitado, o de cualquier edad si cuida a un niño menor de 16 años o con alguna incapacidad antes de los 22 años
  • Hijos, si son solteros y menores de 18 años, menores de 19 pero todavía en la escuela, o de 18 o mayores, pero con alguna incapacidad antes de los 22 años; y
  • Padres, si les proporcionó al menos la mitad de su manutención.
Un excónyuge también podría ser elegible para un beneficio de viudo/viuda en su registro. Se puede hacer un pago único especial de $255 a su cónyuge o hijos menores.