Los Indio Americanos y nativos de Alaska podrían ser elegibles para obtener beneficios especiales a través del Mercado de seguros médicos. Si usted o cualquier otra persona que haya incluido en su solicitud es un Indio Americano o nativo de Alaska, marque “Sí” cuando le hagan la pregunta.
Los Indio Americanos y nativos de Alaska que se inscriban en Medicaid, el Seguro Médico para los Niños (CHIP en inglés), o el Mercado de seguros pueden obtener o continuar con los beneficios del Servicio de Salud para Indígenas o los programas urbanos de salud para indígenas. Además, tal vez no tengan que pagar los costos compartidos y se les podrían otorgar Períodos Especiales de Inscripción.
Se le preguntará si pertenece a una tribu reconocida federalmente. Ser una tribu reconocida federalmente significa que pertenece a una tribu, grupo, nación, pueblo o comunidad indígena o nativa de Alaska, que está reconocida por el Departamento del Interior.
Se le pedirá que escoja un estado y tribu. Para seleccionar el estado, use el menú desplegable y escoja el estado donde se encuentra su tribu. Para seleccionar la tribu use el menú desplegable y escoja la tribu reconocida federalmente, a la que pertenece.
Al Servicio de salud para indígenas también se le conoce como hospital para indígenas o Servicio de salud pública (PHS en inglés).
Al programa de salud tribal también se le conoce como programa tribal 638 o clínica de salud tribal.
Le preguntarán si alguna vez recibió un servicio médico del Servicio de Salud para Indígenas, de un programa tribal, de un programa urbano para indígenas o por medio de un referido de alguno de estos programas. Inclusive si usted solamente recibió atención una sola vez, responda “Sí”, independientemente que cuándo lo haya recibido.
También le pueden preguntar si es elegible para conseguir servicios de cualquiera de los programas mencionados. Los servicios médicos para indígenas están disponibles para los descendientes de Indio Americanos y los pertenecientes a cualquier grupo o comunidad de nativos de Alaska reconocidos federalmente a los que estos programas les prestan servicios. Los niños menores de 19 años que no son Indio Americanos/nativos de Alaska, que sean hijos naturales, hijos adoptivos, hijastros, niños en custodia temporal, tutores legales, huérfanos o indígenas elegibles, pueden obtener los servicios de estos programas. Los cónyuges que no son Indio Americanos/nativos de Alaska pueden recibir los beneficios, si sus esposos(as) pertenecen a una tribu federalmente reconocida y se ha aprobado una resolución tribal que estipula que los cónyuges son elegibles.
Los Indio Americanos y nativos de Alaska que viven en zonas urbanas que tienen un programa, obtendrán los servicios de un programa de salud urbano para indígenas. Los programas de salud urbanos brindan servicios a:
Obtener información sobre los Indios Americanos y nativos de Alaska y sus ingresos.